Tercero: para optimizar la eficacia de los
respectivos procesos de
enseñanza–aprendizaje que
puedan tener lugar en una Escuela de
Protección Ciudadana para Policías Locales, la
determinación de la formación asociada a los
perfiles profesionales identificados no se limitará al
establecimiento de los elementos constitutivos (los objetivos, los
contenidos formativos y los criterios de evaluación) de los respectivos
currículos formativos. Se complementará
también con un conjunto de ejemplificaciones orientativas
sobre su posible desarrollo,
ordenación y secuenciación en términos de
Unidades de Trabajo (UT) y
sobre posibles actividades de enseñanza-aprendizaje
(conjunto de orientaciones que se conoce como "Desarrollos
Curriculares"), a fin de que su implementación se adapte a
los principios que
regulan la secuencia y la consistencia en el progreso del
aprendizaje del alumnado. Es decir, además del "para
qué", del "qué" y "de qué forma se
evalúa" la formación asociada, se
desarrollarán orientaciones y criterios sobre el
cómo se puede organizar y llevar a cabo el proceso de
enseñanza-aprendizaje (organización en UTs y actividades de
enseñanza y aprendizaje)
Cuarto: de acuerdo con el carácter abierto que caracteriza
al currículo de las enseñanzas y
formaciones profesionales, la determinación de la
formación asociada a los perfiles profesionales debe
permitir que ésta pueda ser completada por parte del
centro formativo y, particularmente, por parte del profesorado
que imparte la formación.
La formación
continua en las policías locales
Una vez abordado los conceptos claves en la formación
asociada a perfiles profesionales en los servicios de
Policía Local, es necesario tocar dos aspectos esenciales
en la formación profesional de este colectivo, que es la
formación continua y la formación
especializada.
El sistema de
formación continua de la Policía Local persigue las
siguientes finalidades:
Incrementar la participación en la formación
y elevar el nivel de competencia profesional y los logros
personales de los Policía Locales (en todas las
categorías), alcanzando las cotas de
preparación de los países y comunidades
más avanzados.
. Motivar la adquisición de conocimiento y
el progreso en el saber profesional de los Policías
Locales, contribuyendo a que el aprendizaje
permanente forme parte de las inquietudes de la vida diaria y del
trabajo.
. Dotar a los Policías Locales de la oportunidad de
conducir su propio aprendizaje y actualización
profesional.
. Detectar las necesidades de formación y
actualización profesional de las diversas
categorías profesionales de la Policía Local.
. Proporcionar itinerarios formativos flexibles que se adapten
a las necesidades de actualización, de progreso
profesional y de formación de la Policía Local
Cualquier propuesta que debamos realizar para ofrecer al
colectivo de la Policia, en lo referente a la formación
continua o de actualización, debe necesariamente, atender
a los siguientes principios:
Detectar los cambios de competencias profesionales de la
Policía Local, las incorporaciones a las nuevas
tecnologías, los cambios sociológicos que
impliquen actualización de conocimientos, etc. Un
ejemplo claro lo tenemos con la paulatina
incorporación de los profesionales de la
Policía Local a las funciones de Policía
Judicial.Detectar los cambios en las estructuras organizativas en
los Servicios Policíales. Aquí la
formación juega un papel esencial. No podemos inciar
cambios organizativos si antes no hemos formado a los
profesinales que lo van a protagonizar.Detección de la demanda formativa del colectivo
profesional, utilizando una muestra significativa de la
población de policías locales, e indagando
cuales son las necesidades formativas que requieren para su
desempeño profesional.Definición de itinerarios formativos y de paquetes
de formación (policía administrativas,
policía judicial, policía de barrio, etc.)
La formación continua, al procurar la
actualización y el progreso profesional del colectivo de
los PL, debe ser exigida para que cada Policía Local se
mantenga adaptado a las exigencias de su empleo. En
correspondencia con esta exigencia, las certificaciones de cursos
formación continua deben ser tenidas en cuenta en el
proceso de promoción interna de las diferentes
categorías.
Dicho con más precisión, esta toma en
consideración de la formación continua para la
promoción interna de los Policías Locales significa
que (con independencia
de los requisitos profesionales que establezca la
Administración de la Policía Local para regular
las promociones internas, y sin perjuicio de los requisitos
legales establecidos) para el acceso a la promoción
deberá acreditarse que el candidato posee efectivamente
las "competencias
actualizadas" correspondientes a su categoría de
Policía Local.
Este requisito de actualización de la competencia y de
acreditación de la correspondiente formación
continua, mediante el dispositivo de evaluación y
acreditación de la competencia que se implementará
para los Policías Locales, persigue, fundamentalmente,
estimular e incentivar entre los profesionales de la
Policía Local su interés
permanente por actualizar sus competencias y, como consecuencia
de ello, por participar en las ofertas de formación
continua que se correspondan con sus necesidades.
La formación
especializada de las policías locales
Hasta aquí, se ha venido describiendo el Sistema de
Formación Continua para la Policía Local,
así como los procedimientos
fundamentales para llevar a cabo su implementación. No
obstante, dicha descripción ha quedado limitada a la
formación continua asociada al incremento y/o
actualización de la competencia, la cual no constituye la
única dimensión de la formación
continua.
En efecto, el Sistema de Formación Continua para la
Policía Local no se reduce a la formación que
procura actualización y/o incremento de competencia, sino
que existen también formaciones que tienen por objetivo
únicamente profundizar en conocimientos asociados a la
competencia acreditada, sin que esta especialización
suponga el reconocimiento o acreditación de nueva
competencia, ni siquiera la actualización de competencias
adquiridas.
Éste es el caso de los Cursos de
Especialización. Como su propio nombre lo indica, los
Cursos de Especialización tienen por objeto ampliar y
profundizar en un área competencial especializando los
conocimientos, capacidades y actitudes
asociados a una competencia acreditada. Es decir, los Cursos de
Especialización tienen como referente, en la
elaboración de sus contenidos formativos, determinadas
realizaciones profesionales (estándares de competencia) o,
en su caso, unidades de competencia específicas que forman
parte del perfil profesional característico de una
categoría profesional de la Policía Local. Por
definición, en ningún caso los Cursos de
Especialización incluyen toda la formación asociada
a un determinado perfil profesional.
Los contenidos formativos de los Cursos de
Especialización consisten, pues, en procedimientos,
conceptos y actitudes asociados a Realizaciones Profesionales (o,
en su caso, Unidades de Competencia) que no se consideran
necesarios para adquirir una competencia suficiente, ya que
dichos contenidos son los que figuran expresamente en la
formación asociada a los perfiles profesionales (que se ha
elaborado en este proyecto); pero
que amplían, profundizan y "especializan" dicha
formación.
Como consecuencia de ello, los Cursos de
Especialización no implican incremento, ni
actualización, de competencia. Y viceversa: la oferta e
impartición de Cursos de Especialización no supone,
para quienes no los hayan cursado, que sean privados de su
competencia suficiente para asumir tareas y responsabilidades
asociadas al área competencia objeto de dichos Cursos.
En todo caso, los Cursos de Especialización
serán considerados (para quienes los realicen), junto a
otros, como mérito a los efectos de la promoción a
una categoría profesional de la Policía Local,
así como en relación con los concursos de movilidad
y demás sistemas de
provisión de puestos de trabajo de la Policía
Local. En correspondencia con este carácter de
mérito, solo podrán acceder a los cursos de
especialización vinculados a determinadas unidades de
competencia los Policías Locales que tengan el perfil
profesional de origen o las correspondientes unidades de
competencia debidamente actualizadas.
Todo ello, sin perjuicio de que la superación de los
Cursos de Especialización constituya condición
necesaria para acceder a las unidades orgánicas
especializadas que, eventualmente, puedan crearse dentro de los
Cuerpos de Policía Local, o de que aquélla resulte
precisa para la adquisición de la condición de
"agente especializado", conforme a lo dispuesto en la normativa
que resulte de aplicación
Autor:
Leonardo Román Lafuente Valentín
Director de la Escuela de Protección Ciudadana de
Castilla La Mancha
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